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viernes, 29 de abril de 2022

Tres de cuatro ambulancias del Hospital Regional Docente están inoperativas

 


La Contraloría General evidenció que tres de las cuatro ambulancias que posee el Hospital Regional Docente de Trujillo (HRDT) se encuentran inoperativas por falta de mantenimiento y atención de garantía. Asimismo, se verificó que dichas unidades venían siendo utilizadas para fines distintos al transporte asistido y exclusivo de pacientes.

De acuerdo al Informe de Orientación de Oficio N.º 002-2022-OCI/HRDT/3882/SOO, que evalúa el periodo del 25 de marzo al 05 de abril de 2022, se trata de las ambulancias con placas de rodaje QO-2408 (2018), EUD-503 (2014) y EUG-833 (2021), esta última adquirida por el Gobierno Regional (GORE) de La Libertad debido a  “situación de emergencia por causal de acontecimiento catastrófico”, y con 36 meses de garantía que aún están vigentes.

Según el “acta de verificación de ambulancias” del Órgano de Control Institucional (OCI) del HRDT las ambulancias QO-2408 y EUD-503 no están operativas desde diciembre de 2021 (por falta de mantenimiento), y conforme lo consignado en el “reporte de salida de ambulancia” han sido usadas para servicios administrativos relacionados al traslado de personal y bienes como cajas de Farmacia.

Respecto a la ambulancia con placa de rodaje EUG-833, la comisión de control verificó que presenta un desperfecto en la caja de cambio, que aún no ha sido corregido porque el repuesto que debe ser importado -a través de la garantía- lleva tiempo en espera (desde marzo del presente año); en tanto dicha unidad vehicular no es utilizada hasta que se encuentre en óptimas condiciones.

Esta ambulancia, al igual que la única que está operativa (con placa de rodaje EUG-736) también era utilizada para fines administrativos; lo que afecta la oportunidad en el transporte asistido de pacientes, genera el riesgo de desgaste antes del cumplimiento de su vida útil y podría afectar la integridad del bien por la carga de materiales.

Cabe precisar, que según la Norma Técnica de Salud N.º 051-MINSA/OGDN-V.01, para el transporte asistido de pacientes por vía terrestre, las ambulancias no deben ser utilizadas para ni fines diferentes a aquel para el que han sido autorizadas a operar, ni transportar materiales que pudieran poner en peligro la vida o salud de un paciente y del personal que presta el servicio.

El informe de orientación de oficio ha sido puesto de conocimiento del director ejecutivo del HRDT para que adopte las acciones correctivas que correspondan en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional.

Los ciudadanos pueden acceder a los resultados de este informe y de otros servicios, a través de nuestro Buscador de Informes de Control y portal www.gob.pe/contraloria

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