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Ministerio de Transportes y
Comunicaciones tiene como objetivo fomentar el chatarreo para modernizar el
parque automotor. Se recibirá comentarios y/o aportes de las entidades públicas,
privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez días hábiles.
Reducir los
niveles de contaminación, mejorar la calidad del aire, contribuir con la seguridad
vial y modernizar el parque automotor son algunos de los objetivos del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones (MTC), en base a ello, se elaboró la propuesta para
el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo, publicado hoy en el
diario El Peruano (Resolución Ministerial Nº 0325-2020-MTC/01.02).
El propósito del
sector es recibir los comentarios y/o aportes de las entidades públicas,
privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez días hábiles,
contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.
Las opiniones,
comentarios y/o sugerencias deben ser remitidas al MTC con atención a la
Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, a la
dirección electrónica normasdpntra@mtc.gob.pe.
El Director General
de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC,
Fernando Cerna, señaló que con esta medida se busca “incentivar a las
empresas que prestan el servicio de transporte público para que renueven su
flota vehicular y cuenten con unidades que generen mayor eficiencia y menor
contaminación ambiental”.
Además, se quiere reducir los
accidentes de tránsito, considerando que un importante porcentaje de siniestros
se debe a fallas mecánicas del vehículo.
La propuesta del Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo nace a raíz del Decreto de
Urgencia N°029-20219 y establece que, para obtener la autorización del MTC como
Entidades de chatarreo, estas deberán contar primero con un permiso del
Ministerio del Ambiente para funcionar como empresa operadora de residuos
sólidos.
Asimismo, deberán cumplir ciertos
requisitos, entre los que destacan contar con un software que les permita
registrar, en línea y en tiempo real, en la Plataforma Nacional de Vehículos
Chatarrizados, las etapas de chatarrización de un vehículo (descontaminación, desmantelamiento y destrucción total), priorizando la
recuperación y reutilización de residuos sólidos, siempre que se garantice la
salud y la protección del medio ambiente.
Las Entidades de chatarreo también registrarán los certificados de
destrucción vehicular, con el que se acreditará que un vehículo ha sido
correctamente aniquilado. De esta manera, se eliminará su partida registral de
los registros públicos.
Junto a estas entidades complementarias, se identifica al MTC, a la
Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
(SUTRAN), al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), a la
Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y a las municipalidades
provinciales, como actores clave para el proceso de
chatarrización.
Otro punto importante son los Programas de
Chatarreo, los cuales son
planificados, formulados y aprobados por las Entidades Promotoras (MTC, ATU y
Municipalidades Provinciales), las mismas que deberán presentar un expediente técnico al MTC para
chatarrizar un vehículo, siempre con miras a renovar el parque automotor.
Etapas del proceso de chatarreo
(a) Evaluación documentaria del vehículo
(b) Verificación física del vehículo
(c) Eliminación de fluidos y materiales
peligrosos del vehículo
(d) Desguace (desmontar) del vehículo
(e) Compactación de las partes del vehículo
(f) Emisión del Certificado de Destrucción
vehicular
Cabe precisar que el proceso de chatarreo
podrá ser voluntario, si el propietario
somete su vehículo por decisión propia, u obligatorio, si la Entidad de Chatarreo somete
de oficio al vehículo (Decreto Legislativo Nº1214 y
Decreto de Urgencia N°019-2020).
Es importante recordar
que el proyecto normativo ha sido coordinado con las entidades competentes,
contando con la conformidad de los ministerios del Ambiente y Economía y
Finanzas.
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