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Poder Ejecutivo aprueba decreto para evitar que empresas de
telecomunicaciones posterguen el pago de multas.
Con el objetivo de evitar que las
empresas de telecomunicaciones posterguen durante años el pago de multas, el
Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL)
contará con un nuevo marco legal que refuerza la ejecución del cobro efectivo
de las sanciones impuestas a las operadoras que incumplan sus obligaciones.
Mediante Decreto Legislativo n.° 1718,
el Poder Ejecutivo modificó la Ley n° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones
y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones, e incorporó el artículo 35-A, que establece un régimen disuasivo
de ejecución para las resoluciones sancionadoras del organismo regulador. Con
esta medida, las multas impuestas por el OSIPTEL serán ejecutadas una vez que
queden consentidas o cuando se haya agotado la vía administrativa.
Uno de los principales cambios es que
la sola presentación de una demanda judicial ya no suspenderá automáticamente
la ejecución coactiva de una multa. A partir de ahora, la empresa operadora que
impugne una sanción deberá, además, otorgar una carta fianza bancaria a favor
del OSIPTEL por un monto equivalente al de la multa impuesta.
Esta garantía deberá ser emitida por
una entidad financiera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y
AFP (SBS), y será irrevocable, solidaria, incondicional y de ejecución
inmediata, lo que permitirá al regulador disuadir y asegurar el cobro de la
sanción si el proceso judicial concluye con una sentencia favorable. Así se
mantiene el equilibrio entre el interés público y el derecho de acceso a la
justicia y la defensa de las empresas.
De esta manera se espera que las
empresas operadoras disminuyan comportamientos que afecten la calidad,
continuidad y seguridad de los servicios en favor de los usuarios, aumenten su
reputación comercial, se reduzcan los costos judiciales para el Estado y las
empresas, así como la carga laboral del Poder Judicial, que en el 100 % de los
casos se pronuncia a favor del regulador.
Cabe indicar que el problema público
identificado consiste en el alto porcentaje de multas impuestas por el OSIPTEL
que han concluido en la vía administrativa, pendientes de pago entre el periodo
2020 y 2025.
Al tercer trimestre de 2025, el
OSIPTEL registraba un total de 788 multas pendientes de pago, que en conjunto
ascienden a más de S/985 millones, incluyendo intereses. De dicho monto, S/739 millones
corresponden a 567 multas que se encuentran judicializadas, el mayor volumen de
deuda en trámite. Además, 61 multas por S/29 millones se encuentran en proceso
de cobranza coactiva, mientras que 160 multas, por un monto de S/217 millones
se hallan en proceso de cobro administrativo.
En ese sentido, con este nuevo régimen
se busca reforzar la institucionalidad del OSIPTEL, fortaleciendo la eficacia del
sistema sancionador, mejorar la prestación de servicios de telecomunicaciones y
desincentivar prácticas dilatorias orientadas a postergar el pago de multas
mediante procesos judiciales prolongados. Y con ello, se contribuye a garantizar
los derechos de los usuarios, el acceso a la justicia y, en general, al
desarrollo del mercado, promoviendo una adecuada prestación de los servicios
públicos de telecomunicaciones.

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